viernes, octubre 2, 2026
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Corte Constitucional ordena licencias inclusivas para parejas de mujeres tras tutela contra Sanitas

En un fallo de trascendencia para el derecho de familia en Colombia, la Sala Plena de la Corte Constitucional reafirmó que el actual sistema de licencias debe evolucionar hacia la pluralidad. La decisión surge tras el caso de ‘Paola’, una mujer que, junto a su pareja, conformó una familia mediante reproducción asistida (ella aportó los óvulos y su compañera gestó).

El conflicto: Maternidad biológica vs. Trámite administrativo

El caso escaló a la Corte luego de que la EPS Sanitas asignara de forma automática una licencia de paternidad a ‘Paola’, argumentando que la licencia de maternidad ya había sido otorgada a la madre gestante.

No obstante, la realidad del núcleo familiar dictaba lo contrario: debido a complicaciones en el parto de su pareja, ‘Paola’ asumió el cuidado total de su hijo ‘Marcos’, un bebé prematuro. Además, mediante un proceso hormonal, la accionante logró inducir su lactancia, adquiriendo el rol de madre lactante y biológica.

Fallo y reparación por «daño consumado»

La Corte revocó la sentencia del Tribunal Superior de Bogotá de abril de 2025 que había negado la protección. Aunque declaró la carencia actual de objeto por daño consumado —dado que el tiempo de la licencia ya transcurrió—, el tribunal fue enfático en que se vulneraron los derechos al cuidado, la igualdad y la seguridad social de la madre y el menor.

Como medida de protección actual, se ordenó al hospital donde labora la pareja mantener todas las garantías de ley para ‘Paola’ en su calidad de trabajadora lactante, protección que deberá extenderse hasta que el niño cumpla los dos años de edad.

Un llamado al Legislativo

El fallo trasciende el caso particular al incluir un exhorto directo al Congreso de la República. La Corte instó a los legisladores a diseñar un nuevo régimen de licencias parentales que cumpla con tres pilares:

  1. Reconocimiento de la pluralidad: Validar todos los modelos de familia existentes.
  2. Corresponsabilidad: Garantizar que el cuidado no recaiga exclusivamente en una figura.
  3. Derecho fundamental al cuidado: Entender las licencias no solo como un permiso laboral, sino como una garantía para el desarrollo del menor.

Con esta decisión, la justicia constitucional cierra la puerta a la asignación automática de roles basados en modelos tradicionales, obligando a las entidades de salud a evaluar las realidades específicas de las familias diversas en Colombia.

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